Costes
Seguro de mercancías: cuándo conviene declarar valor
La pregunta no es si tu mercancía va asegurada, porque va. La pregunta es hasta cuánto, y la respuesta depende de una cuenta que casi nadie hace: euros por kilo.
Revisado el
En resumen
La indemnización del transportista está limitada por ley a un tercio del IPREM diario por kilogramo de peso bruto de la mercancía afectada. Conviene declarar valor cuando el valor por kilo de tu mercancía supera ese límite, lo que ocurre en electrónica, cosmética, componentes y en general en lo ligero y caro.
Es una de las conversaciones que más veces se tiene tarde: después de un siniestro, cuando el cliente descubre que la indemnización no se parece al valor de lo que envió.
La cuenta que la evita tarda diez segundos.
La cobertura que ya tienes, y su límite
Toda la mercancía que viaja en un transporte profesional está cubierta por la responsabilidad del transportista, conforme al régimen legal aplicable: la Ley 15/2009 en nacional y el Convenio CMR en internacional.
Pero esa cobertura tiene una característica que lo cambia todo: está limitada por kilogramo de peso bruto de la mercancía perdida o dañada, no por su valor.
Concretamente, la indemnización se limita a un tercio del IPREM diario por kilogramo. Como el IPREM se actualiza cada año, la cifra por kilo cambia, así que hay que calcularla con el IPREM del ejercicio en curso:
Indemnización máxima = kilos afectados × (IPREM diario ÷ 3)
La cuenta que decide
Ahora dale la vuelta. Calcula el valor por kilo de tu mercancía:
Valor por kilo = valor de la mercancía ÷ peso bruto en kilos
Y compáralo con el límite legal por kilo. Si tu valor por kilo es mayor, el límite legal no te cubre y conviene declarar valor.
Con ejemplos, el resultado es bastante evidente:
| Mercancía | Peso | Valor | Valor por kilo | ¿Cubre el límite? |
|---|---|---|---|---|
| Sacos de mortero | 900 kg | 900 € | 1 €/kg | Sí, con mucha holgura |
| Azulejo y pavimento | 800 kg | 2.400 € | 3 €/kg | Sí |
| Producto textil | 200 kg | 4.000 € | 20 €/kg | No |
| Cosmética o perfumería | 120 kg | 7.200 € | 60 €/kg | No, ni de lejos |
| Electrónica o componentes | 60 kg | 12.000 € | 200 €/kg | No, ni de lejos |
La regla mental es simple: cuanto más ligera y más cara sea tu mercancía, más lejos se queda el límite legal.
Las tres formas de cubrir la diferencia
1. Declarar valor en el transporte
La ley permite superar el límite si se declara el valor de la mercancía y el transportista lo acepta, normalmente con un suplemento en el precio. Es lo que se contrata como seguro a todo riesgo por valor declarado.
A favor: es lo más directo, se resuelve en el propio presupuesto y la cobertura está vinculada a esa expedición concreta. En contra: hay que acordarlo antes del envío. Declarar valor después de un siniestro no existe.
2. Una póliza de mercancías propia
Muchas empresas tienen su propia póliza que cubre la mercancía en tránsito.
A favor: cubre todos los envíos sin gestionar nada expedición a expedición. En contra: hay que comprobar qué cubre de verdad. Tres preguntas concretas a tu corredor:
- ¿Cubre el transporte por cuenta de terceros y en qué condiciones?
- ¿Qué franquicia tiene? En envíos de valor medio, la franquicia puede comerse la indemnización.
- ¿Exige alguna condición sobre el embalaje o sobre el transportista? Algunas pólizas excluyen daños atribuibles a un embalaje insuficiente.
3. Asumir el riesgo
Es una decisión legítima si el valor por kilo está cerca del límite y el volumen de envíos es bajo. Lo que no es legítimo es asumirlo sin saberlo, que es lo que ocurre en la mayoría de los casos.
Cómo tomar la decisión
Un criterio que funciona:
- Calcula el valor por kilo de tus dos o tres tipos de envío habituales.
- Compáralo con el límite legal del año en curso.
- Si algún tipo de envío queda por encima, decide qué mecanismo usas para ese tipo: valor declarado, póliza propia o riesgo asumido conscientemente.
- Escríbelo en tu procedimiento de expedición, para que la decisión no dependa de quién prepare el envío ese día.
Y hazlo por tipo de envío, no por cliente: el criterio es la mercancía, no quién la recibe.
El embalaje sigue siendo tuyo
Un matiz importante que aparece en casi todas las coberturas: los daños atribuibles a un embalaje insuficiente suelen quedar fuera. Es decir, declarar valor no sustituye a montar bien el palet.
De hecho, es al contrario: si vas a declarar valor porque la mercancía es cara, con más razón conviene que el palet esté bien montado y flejado. Cómo preparar y flejar un palet.
Y si algo pasa
La cobertura, sea la que sea, no sirve de nada sin la documentación de la entrega. La reserva por escrito en el albarán antes de firmar, y las fotos antes de desmontar, siguen siendo el paso que decide una reclamación: cómo reclamar una mercancía dañada.
En resumen
Tu mercancía va cubierta, pero por kilo, no por valor. Divide valor entre kilos, compáralo con el límite legal y decide en consecuencia. En lo ligero y caro —electrónica, cosmética, componentes— el límite legal se queda muy corto. Si quieres la cifra exacta y de dónde sale, la desglosamos en el límite de indemnización del transportista.
Si quieres presupuesto con la opción de valor declarado cotizada aparte para poder comparar, pídenoslo indicando el valor y el peso de la mercancía.
Este artículo explica el marco general y no sustituye al asesoramiento de tu corredor de seguros ni al jurídico. Para las condiciones concretas de tu póliza, consúltalas con quien la haya contratado.
Fuentes consultadas
- Ley 15/2009, del contrato de transporte terrestre de mercancíasBoletín Oficial del Estado
- Convenio CMR de transporte internacional de mercancías por carretera (Ginebra, 1956)Boletín Oficial del Estado · Instrumento de adhesión de España
- Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes TerrestresBoletín Oficial del Estado
